Fecha de Publicación: 14/07/2020
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 253

   (De los funcionarios).- Los funcionarios públicos de la unidad ejecutora 006 "Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua" del Inciso 02 "Presidencia de la República", pasarán a integrar el cuerpo funcional de la entidad estatal creada por la presente norma, manteniendo todos sus derechos.

   Los que a la fecha de promulgación de esta normativa presten funciones en esa unidad ejecutora en pase en comisión o comisión de servicio, y con la previa determinación de necesidad en cada caso por parte del Directorio del servicio descentralizado, podrán mantener su situación de pase en comisión o comisión de servicio en la nueva entidad hasta el vencimiento del primer mandato de su Directorio, pudiéndose otorgar una prórroga de noventa días.
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