(Delegación de atribuciones).- Sustitúyese el artículo 13 de la Ley N° 17.598, de 13 de diciembre de 2002, por el siguiente:
"ARTÍCULO 13.- El Directorio de la Unidad Reguladora de Servicios de
Energía y Agua podrá delegar atribuciones en sus subordinados por
unanimidad de sus miembros, pudiendo avocar por mayoría simple los
asuntos que fueran objeto de delegación".