Fecha de Publicación: 14/07/2020
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 227

   (Pago mensual).- Agrégase al artículo 30 de la Ley N° 18.083, de 27 de diciembre de 2006, el siguiente inciso:

   "Facúltase al Poder Ejecutivo a adecuar el pago mensual
   correspondiente a los contribuyentes a que refiere el inciso
   precedente considerando el cumplimiento de requisitos formales, la
   naturaleza de la actividad, el monto de ingresos, el número de
   dependientes u otros índices de naturaleza objetiva, que establezca la
   reglamentación, siempre que no se supere el monto establecido en dicho
   inciso".  
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