(Pago mensual).- Agrégase al artículo 30 de la Ley N° 18.083, de 27 de diciembre de 2006, el siguiente inciso:
"Facúltase al Poder Ejecutivo a adecuar el pago mensual
correspondiente a los contribuyentes a que refiere el inciso
precedente considerando el cumplimiento de requisitos formales, la
naturaleza de la actividad, el monto de ingresos, el número de
dependientes u otros índices de naturaleza objetiva, que establezca la
reglamentación, siempre que no se supere el monto establecido en dicho
inciso".