PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 184 del Código de la Niñez y la Adolescencia, Ley N° 17.823, de 7 de setiembre de 2004, prohíbese toda publicidad que represente a personas menores o imágenes que por sus características fisonómicas lo parezcan.Ayuda