Fecha de Publicación: 08/01/2020
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Carilla: 12

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Artículo 15

   Prohíbese la realización de concursos, torneos o espectáculos públicos, con o sin fines de lucro, que promuevan la ingesta de bebidas alcohólicas, con excepción de las modalidades de cata o degustación.
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