Fecha de Publicación: 30/09/2019
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 56

   (Desestímulos a la disposición final).- El Poder Ejecutivo podrá establecer criterios para la aplicación de tasas o precios diferenciales de su competencia, tendientes a desestimular la disposición final de materiales respecto de los cuales existan capacidades nacionales para su reciclado.

       Capítulo X - Información, educación y participación pública
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