Fecha de Publicación: 30/09/2019
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 48

   (PROVAR).- Créase el Programa de Valorización de Residuos (PROVAR), en el ámbito del Ministerio de Industria, Energía y Minería, con el fin de promover los procesos de valorización de residuos a nivel nacional y el desarrollo de nuevos productos tendientes a minimizar la generación de residuos.

   Dicho programa se ejecutará en coordinación con el MVOTMA y el Ministerio de Economía y Finanzas, potenciando su integración con otras estrategias nacionales que tengan por finalidad el desarrollo económico productivo en forma sustentable, con equidad social y equilibrio ambiental.

   El PROVAR se financiará con aportes del FONAGRES con un mínimo del 2% (dos por ciento) y hasta un 5% (cinco por ciento) de las asignaciones anuales que sean destinadas a dicho Fondo.
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