Fecha de Publicación: 27/09/2019
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 2

   (Objeto).- La presente ley tiene por objeto:

   A)   Contribuir al desarrollo económico productivo a través del
        estímulo a la creación de empresas sostenibles, competitivas,
        generadoras de empleo y valor diferencial.

   B)   Consolidar las bases de una política de Estado de fomento de los
        emprendimientos que incluya los marcos institucionales de
        referencia para la definición de las políticas y el diseño e
        implementación de los programas e instrumentos respectivos.

   C)   Promover el desarrollo y la articulación del ecosistema
        emprendedor, los emprendimientos asociativos y la colaboración
        entre los emprendedores.

   D)   Motivar la proactividad personal y grupal, el espíritu
        emprendedor y el desarrollo de una cultura emprendedora en los
        más diversos ámbitos, contribuyendo a la formación de individuos
        autónomos, solidarios, con disposición al trabajo colaborativo e
        interesados en la innovación, la creatividad y la identificación
        de nuevos desafíos.

   E)   Promover el vínculo y la articulación entre el ecosistema
        emprendedor y el sistema educativo en todos sus niveles, a fin de
        desarrollar la cultura de emprendimiento y difundir las
        habilidades fundamentales para la tarea emprendedora.

   F)   Mejorar el entorno para el desarrollo de los emprendimientos y
        los emprendedores, incluyendo la remoción de obstáculos y
        restricciones, y la adecuación de políticas, programas,
        instrumentos y procedimientos a las características y necesidades
        de los distintos tipos de emprendimientos.

   G)   Facilitar el escalamiento de los emprendimientos y su
        internacionalización, incluyendo el acceso al financiamiento.

   H)   Promover el alcance nacional del fomento de los emprendimientos a
        efectos de propender a la igualdad de oportunidades de acceso a
        los mecanismos de apoyo a los emprendedores en cualquier parte
        del territorio.

                               CAPÍTULO II
                          SOPORTE INSTITUCIONAL
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