Fecha de Publicación: 05/08/2019
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 8

   El ámbito espacial del Estado comprende el territorio continental e insular, incluyendo el subsuelo y las aguas jurisdiccionales, así como el espacio aéreo correspondiente a dichas zonas.

   El ámbito espacial del Estado incluye al ciberespacio y al espectro electromagnético.

   Para el cumplimiento de las misiones atribuidas a las Fuerzas Armadas, dicho ámbito espacial se divide en tres jurisdicciones que son ejercidas por el Ejército Nacional, la Armada Nacional y la Fuerza Aérea Uruguaya.
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