Fecha de Publicación: 05/08/2019
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 20

   (Misión fundamental).- El cometido fundamental de las Fuerzas Armadas es planificar y ejecutar los actos militares necesarios para la defensa de la población, la soberanía, la independencia e integridad territorial, la salvaguarda de los recursos estratégicos del país que determine el Poder Ejecutivo y contribuir a preservar la paz de la República en el marco de la Constitución de la República y las leyes.

   Las Fuerzas Armadas cumplirán sus misiones en el marco del respeto a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario.
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