Fecha de Publicación: 05/08/2019
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 102

   Al grado de Oficial General o equivalente se accederá por selección del Poder Ejecutivo, dentro de los Coroneles o Capitanes de Navío, diplomados en Estado Mayor y en condiciones de ascenso de acuerdo a lo establecido en el numeral 11) del artículo 168 de la Constitución de la República.

   El requisito de diplomado en Estado Mayor se requerirá a partir del año 2022.
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