Fecha de Publicación: 28/01/2019
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 9

   (De los acuerdos comerciales).- En el caso de acuerdos comerciales promocionales realizados por el emisor que excluyan a determinados comercios de un mismo sector de actividad, la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia actuará de oficio o a denuncia de parte, si entendiera que los mismos perjudican la libre competencia, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 18.159, de 20 de julio de 2007.
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