Fecha de Publicación: 03/01/2019
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TURISMO

Artículo 3

   Agrégase al artículo 7° de la Ley N° 18.833, del 28 de octubre de 2011, el siguiente literal:

   "G) La asociación civil "Asociación Nacional Iniciativa 2030", así como
       otras personas jurídicas que a juicio del Ministerio de Economía y
       Finanzas y de la Secretaría Nacional del Deporte puedan acceder a 
       los beneficios por estar destinado su objeto social únicamente a la
       contribución a la promoción de la candidatura de nuestro país para   
       ser sede de la Copa Mundial 2030".

   Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 4 de diciembre de 2018.
   JORGE GANDINI, Presidente; VIRGINIA ORTIZ, Secretaria.

MINISTERIO DE TURISMO
 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                       Montevideo, 14 de Diciembre de 2018

   Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se modifica la Ley N° 18.833, del 28 de octubre de 2011, de fomento del deporte.
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