Agrégase al artículo 7° de la Ley N° 18.833, del 28 de octubre de 2011, el siguiente literal:
"G) La asociación civil "Asociación Nacional Iniciativa 2030", así como
otras personas jurídicas que a juicio del Ministerio de Economía y
Finanzas y de la Secretaría Nacional del Deporte puedan acceder a
los beneficios por estar destinado su objeto social únicamente a la
contribución a la promoción de la candidatura de nuestro país para
ser sede de la Copa Mundial 2030".
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 4 de diciembre de 2018.
JORGE GANDINI, Presidente; VIRGINIA ORTIZ, Secretaria.
MINISTERIO DE TURISMO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 14 de Diciembre de 2018
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se modifica la Ley N° 18.833, del 28 de octubre de 2011, de fomento del deporte.