Facúltase al Inciso 27 "Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay", a reasignar los siguientes créditos presupuestales:
A) En el programa 400 "Políticas transversales de desarrollo
social", Proyecto 000 "General", objetos del gasto 111.000
"Alimentos para personas" y 152.000 "Productos Medicinales y
Farmacéuticos", al objeto del gasto 289.006 "Prestaciones hogares
por convenio 24 horas", hasta un monto equivalente a 60.000 UR
(sesenta mil unidades reajustables).
B) En el programa 354 "Sistema Nacional Integrado de Cuidados -
Formación y Servicios", Proyecto 131 "CAIF Primera Infancia", del
objeto del gasto 198.000 "Repuestos y Accesorios", al objeto del
gasto 289.001 "Prestaciones por Convenios CAIF-Parcial", hasta un
monto de $ 37.000.000 (treinta y siete millones de pesos
uruguayos).
Los créditos reasignados en los literales anteriores, así como los previstos en el artículo 181 de la Ley N° 19.535, de 25 de setiembre de 2017, serán expresados en unidades reajustables.
INCISO 29
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO