Sustitúyese el artículo 142 de la Ley N° 13.318, de 28 de diciembre de 1964, en la redacción dada por el artículo 253 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por el siguiente:
"ARTÍCULO 142.- Exonérese del pago de derechos consulares a la
lista de enseres personales y a los certificados de existencia,
de residencia, de registro de estado civil y de estudios, que se
expidan a los funcionarios del Ministerio de Relaciones
Exteriores y a los Agregados Militares, y a los familiares a su
cargo, en ocasión de su partida al exterior para cumplir
funciones permanentes, así como también al momento de su retorno
al país".