Ajústase el plazo que vence el 30 de junio de 2018, establecido por el artículo 42 de la Ley N° 19.484, de 5 de enero de 2017, para las entidades que se indican de acuerdo al siguiente cronograma:
a) sociedades anónimas con acciones nominativas: 30 de junio de
2018;
b) sociedades de responsabilidad limitada y fideicomisos no
obligados a informar por la Ley N° 18.930, de 17 de julio de
2012: 30 de setiembre de 2018;
c) demás entidades obligadas por la ley, con excepción de las
obligadas a informar por la Ley N° 18.930, de 17 de julio de
2012: 30 de noviembre de 2018.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 13 de junio de 2018.
JORGE GANDINI, Presidente; VIRGINIA ORTIZ, Secretaria.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Montevideo, 22 de Junio de 2018
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se modifica el Título 1 del Texto Ordenado 1996, referido a la cancelación de deudas.