Fecha de Publicación: 09/01/2018
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Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 8

   (Consentimiento informado).- Siempre que se formalizare la desafiliación prevista en el artículo 1°, deberá constar expresamente el consentimiento informado del interesado, en los términos que establezca la reglamentación.
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