PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
(Facultades del tribunal).- El tribunal penal competente podrá: A) Apreciar la necesidad de la medida, pudiendo disponer otra si la entiende más eficiente. B) Establecer su alcance y término de duración. C) Disponer la modificación, sustitución o cese de la medida cautelar adoptada.Ayuda