Autorízase al Inciso 32 "Instituto Uruguayo de Meteorología" a contratar personas extranjeras que posean méritos relevantes para el desarrollo del conocimiento, la investigación y formación en temas vinculados a las ciencias de la atmósfera y clima.
El plazo de contratación no será superior a tres años, pudiendo prorrogarse por única vez por igual período, previa evaluación de su desempeño.
La contratación no otorgará derechos ni expectativas jurídicamente invocables para acceder a un cargo presupuestal.
La presente norma regirá desde la promulgación de la presente ley.
INCISO 33
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN