Fecha de Publicación: 19/09/2017
Página: 2
Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 10

   (Identificación de actuaciones territoriales estratégicas).- Los instrumentos de ordenamiento territorial del ámbito nacional y regional, previstos en la Ley N° 18.308, de 18 de junio de 2008, deberán identificar aquellas actuaciones estratégicas que fomenten la integración social y geográfica, norte-sur, este-oeste, procurando una más eficiente inserción de la República en el contexto regional.
Ayuda