Fecha de Publicación: 26/10/2016
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Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 48

   La expedición de certificados de antecedentes judiciales, solicitados por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de las Oficinas Consulares y Representaciones Diplomáticas de la República, serán gratuitos, en aquellos casos excepcionales que por motivos de vulnerabilidad socioeconómica, sean requeridos por ciudadanos uruguayos que residan en el exterior.
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