Fecha de Publicación: 26/10/2016
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Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 21

   Créase en cumplimiento de lo previsto en el artículo 21 de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996, en el Inciso 02 "Presidencia de la República", unidad ejecutora 006 "Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA)", un cargo en el escalafón A, grado 13, Asesor I, Serie "Ingeniero o Químico", suprimiéndose un cargo del escalafón A, grado 12, Asesor III, Serie "Ingeniero o Químico", financiándose la diferencia de $ 545.292 (quinientos cuarenta y cinco mil doscientos noventa y dos pesos uruguayos) más aguinaldos y cargas legales con los créditos presupuestales del objeto del gasto 045.007 "Complemento reparación func. A 21 Ley 16.736 y otras S. Judiciales".
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