Fecha de Publicación: 07/10/2016
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

                                 Ley 19.431

Sustitúyese el art. 34 del Decreto-Ley 14.157, en la redacción dada por la Ley 19.142, relativo a las aguas jurisdiccionales de la Armada Nacional.
(1.696*R)

                            PODER LEGISLATIVO

   El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                                 DECRETAN

Artículo 1

   Sustitúyese el literal A) del artículo 34 del Decreto-Ley N° 14.157, de 21 de febrero de 1974, en la redacción dada por la Ley N° 19.142, de 14 de octubre de 2013, por el siguiente:

   "A) Las aguas e islas jurisdiccionales del Océano Atlántico, de la  
       Laguna Merín, de la Laguna del Sauce y de los Ríos de la Plata y 
       Uruguay".

Artículo 2

   Modifícase el artículo 36 del Decreto-Ley N° 14.157, de 21 de febrero de 1974, en la redacción dada por la Ley N° 18.038, de 20 de octubre de 2006, por el siguiente:

     "Las zonas de seguridad a que se hace referencia en el literal B) del
     artículo 33, en el literal E) del artículo 34 y en el literal B) del
     artículo 35, serán establecidas por la Junta de Comandantes en Jefe
     para cada caso y situación particular".

   Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 6 de setiembre de 2016.
   GERARDO AMARILLA, Presidente; VIRGINIA ORTIZ, Secretaria.

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
 MINISTERIO DEL INTERIOR
  MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
   MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
    MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
         MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO
           MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
            TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
             MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

                                       Montevideo, 16 de Setiembre de 2016

   Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se sustituye el artículo 34 del Decreto-Ley N° 14.157, de 21 de febrero de 1974, en la redacción dada por la Ley N° 19.142, de 14 de octubre de 2013, referido a las aguas jurisdiccionales de la Armada Nacional.

   Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período 2015-2020; JORGE MENÉNDEZ; JORGE VÁZQUEZ; JOSÉ LUIS CANCELA; DANILO ASTORI; MARÍA JULIA MUÑOZ; VÍCTOR ROSSI; CAROLINA COSSE; ERNESTO MURRO; JORGE BASSO; TABARÉ AGUERRE; LILIAM KECHICHIAN; ENEIDA de LEÓN; MARINA ARISMENDI.
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