Fecha de Publicación: 27/01/2016
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Carilla: 34

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 24

   (Reglamento General del Servicio).- El Directorio del Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente proyectará dentro del plazo de 90 días de su instalación el Reglamento General del Servicio, sometiéndolo a consideración del Poder Ejecutivo para su aprobación.

   Hasta tanto no se apruebe un Reglamento General del Servicio, regirá la normativa general aplicable, en cuanto no se oponga a los preceptos de la presente ley.
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