Fecha de Publicación: 30/12/2015
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/03/2016.

Artículo 81

   Los funcionarios egresados de carreras relacionadas a las tecnologías de la información y las comunicaciones y que desempeñen funciones prioritarias de coordinación, supervisión, conducción en el programa 484 "Políticas de Gobierno Electrónico", unidad ejecutora 010 "Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento" podrán percibir una compensación equivalente hasta el 15% (quince por ciento) de sus remuneraciones de naturaleza salarial.

   Reasígnanse en la referida unidad ejecutora, los créditos del objeto del gasto 095.002 "Fondo para Contratos Temporales de Derecho Público" a partir del ejercicio 2016 en $ 2.500.000 (dos millones quinientos mil pesos uruguayos) anuales con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", a los objetos del gasto correspondientes para cubrir dicha compensación, el aguinaldo y aportes patronales resultantes.
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