Fecha de Publicación: 30/12/2015
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/03/2016.

Artículo 68

   Reasígnase en el Inciso 02 "Presidencia de la República", unidad ejecutora 007 "Instituto Nacional de Estadística", programa 420 "Información Oficial y Documentos de Interés Público", del objeto del gasto 099.001 "Partida Proyectada", la suma de $ 2.000.000 (dos millones de pesos uruguayos), que incluye aguinaldo y cargas legales, a la partida asignada por el artículo 124 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en el objeto del gasto 057.000 "Becas de Trabajo y Pasantías", más aguinaldo y cargas legales, a efectos de financiar la contratación de becarios y pasantes.
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