Fecha de Publicación: 30/12/2015
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/03/2016.

Artículo 427

   Sustitúyese el artículo 1° de la Ley N° 14.040, de 20 de octubre de 1971, por el siguiente:

        "ARTÍCULO 1°.- Créase la Comisión del Patrimonio Cultural de la
        Nación, que funcionará en el ámbito del Ministerio de Educación y
        Cultura. Estará integrada por cuatro delegados del Ministerio de
        Educación y Cultura, uno de los cuales la presidirá, tres
        delegados del Poder Ejecutivo, que serán seleccionados entre
        personas con destacada trayectoria en el plano de la
        conservación, exhibición o desarrollo de bienes de valor
        artístico, cultural o histórico, un delegado del Ministerio de
        Transporte y Obras Públicas y un delegado de la Universidad de la
        República".
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