Fecha de Publicación: 30/12/2015
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/03/2016.

Artículo 407

   Increméntanse en el Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura", programa 340 "Acceso a la Educación", unidad ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", las partidas destinadas a horas docentes, incluido aguinaldo y cargas legales en $ 4.000.000 (cuatro millones de pesos uruguayos), para educación no formal.
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