Fecha de Publicación: 30/12/2015
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/03/2016.

Artículo 371

   Transfórmase en el Inciso 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas", la "Dirección Nacional de Planificación y Logística" de la unidad ejecutora 001 "Despacho de la Secretaría de Estado y Oficinas Dependientes" creada por el artículo 462 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la unidad ejecutora 009, la que tendrá los siguientes cometidos:

   A)   La planificación estratégica, investigación y estudio para la
        toma de decisiones en el ámbito de atribuciones del referido
        Inciso.

   B)   La coordinación de los planes sectoriales de las distintas
        unidades ejecutoras del Inciso y en relación a los planes de los
        entes autónomos y servicios descentralizados que se vinculan con
        el Poder Ejecutivo a través de éste.

   C)   La promoción de la inversión privada en el sector.

   D)   La promoción y desarrollo de la actividad logística nacional, en
        coordinación con los actores públicos y privados involucrados.

   El Poder Ejecutivo determinará los créditos presupuestales, recursos humanos, financieros y materiales a reasignar para dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso precedente.

   Créase el cargo de Director de la unidad ejecutora Dirección Nacional de Planificación y Logística cuya remuneración será la correspondiente al artículo 16 de la Ley N° 18.996, de 7 de noviembre de 2012.

   Suprímense los cargos de particular confianza de Director Nacional de Planificación y Logística, creado por el artículo 463 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010 y de Director Nacional de Descentralización y Coordinación Departamental, creado por el inciso segundo del artículo 466 de la Ley N° 18.719, en la unidad ejecutora 001 "Despacho de la Secretaría de Estado y Oficinas Dependientes".
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