Fecha de Publicación: 30/12/2015
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/03/2016.

Artículo 317

   Agrégase al artículo 3° del Decreto-Ley N° 15.239, de 23 de diciembre de 1981, el siguiente numeral:

   "9)  Exigir la presentación de planes de uso y manejo de suelos, que
        determinen la erosión tolerable, teniendo en cuenta los suelos
        del predio, la secuencia de cultivos y prácticas de manejo, en la
        forma y oportunidad que determine la reglamentación".
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