Fecha de Publicación: 30/12/2015
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/03/2016.

Artículo 285

   
   Sustitúyese el artículo 14 de la Ley N° 18.471, de 27 de marzo de 2009, por el siguiente:

        "ARTÍCULO 14.- Créase la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia
        Responsable y Bienestar Animal, como organismo desconcentrado
        dependiente del Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y
        Pesca", que se integrará por: un representante del Ministerio de
        Ganadería, Agricultura y Pesca, que la presidirá; un
        representante del Ministerio de Salud Pública; un representante
        del Ministerio del Interior y un representante del Congreso de
        Intendentes. En caso de empate, para la toma de decisiones, el
        Presidente tendrá doble voto".
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