Fecha de Publicación: 30/12/2015
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/03/2016.

Artículo 274

   Créase en el Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca", unidad ejecutora 009 "Dirección General de Control de Inocuidad Alimentaria" el cargo de Director General de Control de Inocuidad Alimentaria, con carácter de particular confianza, cuya remuneración se regirá por el artículo 16 de la Ley N° 18.996, de 7 de noviembre de 2012.

   A efectos de financiar la creación dispuesta en el inciso anterior, reasígnase en la unidad ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", Financiación 1.1 "Rentas Generales", objeto del gasto 095.002 "Fondo para Contratos Temporales Derecho Público", un importe de $ 1.824.559 (un millón ochocientos veinticuatro mil quinientos cincuenta y nueve pesos uruguayos), a la unidad ejecutora 009 "Dirección General de Control de Inocuidad Alimentaria", en los objetos correspondientes.
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