Fecha de Publicación: 30/12/2015
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/03/2016.

Artículo 260

   Increméntase en el Inciso 06 "Ministerio de Relaciones Exteriores", la partida creada por el artículo 341 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, a partir del ejercicio 2016, en un monto de $ 9.541.953 (nueve millones quinientos cuarenta y un mil novecientos cincuenta y tres pesos uruguayos), anuales, con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", lo que se financiará con los créditos presupuestales de los siguientes objetos del gasto: 095.005 "Fondo p/financiar funciones transitorias y de conducción", en la suma de $ 7.988.641 (siete millones novecientos ochenta y ocho mil seiscientos cuarenta y un pesos uruguayos) y 047.720 "Incentivo por Rendimiento, Dedicación o Productividad", en la suma de $ 1.553.312 (un millón quinientos cincuenta y tres mil trescientos doce pesos uruguayos), anuales.
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