Fecha de Publicación: 30/12/2015
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/03/2016.

Artículo 253

   Sustitúyese el artículo 142 de la Ley N° 13.318, de 28 de diciembre de 1964, por el siguiente:

        "ARTÍCULO 142.- Exonérase del pago de derechos consulares a la
        lista de enseres personales y a los certificados de existencia,
        de residencia, de registro de estado civil y de estudios, que se
        expidan a los funcionarios del Ministerio de Relaciones
        Exteriores y a los Agregados Militares, y a los familiares a su
        cargo, en ocasión de su retorno al país".
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