Sustitúyese el inciso primero del artículo 50 de la Ley N° 19.315, de 18 de febrero de 2015, por el siguiente:
"ARTÍCULO 50. (Escala básica).- El personal integrante de la
Escala Básica de la Policía se dividirá en:
Suboficiales:
A) Grado 4 - Suboficial Mayor.
Clases:
B) Grado 3 - Sargento.
C) Grado 2 - Cabo.
Alistados:
D) Grado 1 - Agente".