Separata
PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 10/03/2016.
Sustitúyese el artículo 48 de la Ley N° 19.315, de 18 de febrero de 2015, por el siguiente: "ARTÍCULO 48. El personal policial se distribuirá en dos escalas: la Escala de Oficiales y la Escala Básica".Ayuda