Sustitúyese el inciso tercero del artículo 26 de la Ley N° 19.315, de 18 de febrero de 2015, por los siguientes:
"Dicha unidad estará a cargo de un Director que será elegido
entre los oficiales superiores del subescalafón Ejecutivo, en
actividad o retiro, siendo de confianza del señor Ministro.
El Director de la Dirección de Planificación y Estrategia
Policial, percibirá un complemento a su retribución hasta
alcanzar el 85% (ochenta y cinco por ciento) de las retribuciones
del Director de la Policía Nacional. El complemento autorizado no
será incompatible con la percepción del retiro".