Créanse en el Inciso 04 "Ministerio del Interior", los siguientes cargos:
I) Programa 402 "Seguridad Social", unidad ejecutora 034 "Dirección
Nacional de Asuntos Sociales":
Un Director Nacional de Asuntos Sociales, que será Director de la
unidad ejecutora y de particular confianza y tendrá la
remuneración prevista en el artículo 16 de la Ley N° 18.996, de 7
de noviembre de 2012. Para acceder a dicho cargo deberá tener
idoneidad debidamente acreditada y documentada en el área
específica de sus funciones.
Un Subdirector Nacional de Sanidad Policial y un Subdirector
Nacional de Asistencia y Seguridad Social Policial, los que
estarán comprendidos en el literal D) del artículo 9° de la Ley
N° 15.809, de 8 de abril de 1986.
II) Programa 423 "Información y registro sobre personas físicas y
bienes", unidad ejecutora 031 "Dirección Nacional de Identificación
Civil":
Un Director Nacional de Identificación Civil, que será Director
de la unidad ejecutora y de particular confianza y tendrá la
remuneración prevista en el artículo 16 de la Ley N° 18.996, de 7
de noviembre de 2012.
III) Programa 460 "Prevención y represión del delito", unidad ejecutora
002 "Dirección Nacional de Migración":
Un Director Nacional de Migración, que será Director de unidad
ejecutora y de particular confianza y tendrá la remuneración
prevista en el artículo 16 de la Ley N° 18.996, de 7 de noviembre
de 2012.
Suprímese el cargo creado por el artículo 258 de la Ley
N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010.