Fecha de Publicación: 30/12/2015
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/03/2016.

Artículo 155

    Habilítase en el Inciso 04 "Ministerio del Interior", programa 460 "Prevención y Represión del Delito", unidad ejecutora 001 "Secretaría del Ministerio del Interior", Financiación 1.1 "Rentas Generales", una partida anual de $ 6.266.000 (seis millones doscientos sesenta y seis mil pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, con destino a abonar una compensación por horas efectivas de vuelo, a los funcionarios del Ministerio del Interior que realicen actividad de vuelo en forma permanente como piloto o como observador a bordo, en la forma que reglamentará el Poder Ejecutivo.
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