Fecha de Publicación: 30/12/2015
Separata
Página: 1
Carilla: 35

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/03/2016.

Artículo 110

   La Secretaría Nacional del Deporte regulará y normalizará con alcance nacional la construcción de infraestructura e instalaciones deportivas, ajustándolas a los requerimientos reglamentarios de las diferentes disciplinas, las condiciones de seguridad y sustentabilidad, los manuales de buenas prácticas y los adelantos tecnológicos, estableciendo la regulación en esta materia.

   El Poder Ejecutivo reglamentará el presente artículo, a propuesta de la Secretaría Nacional del Deporte.
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