Fecha de Publicación: 30/12/2015
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/03/2016.

Artículo 104

   Increméntase en el Inciso 02 "Presidencia de la República", programa 282 "Deporte Comunitario", unidad ejecutora 011 "Secretaría Nacional del Deporte",  con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", la suma de $ 500.000 (quinientos mil pesos uruguayos) anuales, incluido aguinaldos y cargas legales, en la partida asignada por el artículo 428 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, con destino al pago de compensaciones especiales.
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