Fecha de Publicación: 24/08/2015
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Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Artículo 15

   (Aplicación normativa).- Hasta tanto se dicten las normas correspondientes al reglamento general del organismo, así como al Estatuto de los funcionarios de todas las categorías, estos aspectos se regularán por las normas que actualmente rigen el funcionamiento de la unidad ejecutora 019 "Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación" del Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura", en todo cuanto las mismas no se opongan a las disposiciones de la presente ley.
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