Fecha de Publicación: 24/02/2015
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 69

   (Tiempo de permanencia en el grado).- Para el personal de todos los Subescalafones del escalafón policial, regirán los tiempos mínimos exigidos a continuación, los que serán contados en el grado y una vez cumplidos los mismos se estará en condiciones de concursar para el ascenso:
   A)     Escala de Oficiales:
                 Oficiales Superiores:
                    A)    Grado 9 - Comisario Mayor o Comandante
                                Mayor: 4 años
                 Oficiales Jefes:
                    A)    Grado 8 - Comisario o Capitán: 3 años
                    B)    Grado 7 - Subcomisario o Teniente 1ro.: 3 años 
                 Oficiales Subalternos:
                    A)    Grado 6 - Oficial Principal o Teniente: 3 años
                    B)    Grado 5 - Oficial Ayudante o Alférez: 3 años
   B)    Escala Básica:
                 Clases:
                    B)    Grado 3 - Sargento: 2 años
                    C)    Grado 2 - Cabo: 2 años
                Alistados:
                    D)  Grado 1 - Agente o Guardia Republicano o Bombero: 2 años
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