Fecha de Publicación: 24/02/2015
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 48

   (Escalas).- El personal policial de los subescalafones ejecutivo, administrativo, especializado y técnico-profesional se distribuirá en dos escalas: la Escala de Oficiales y la Escala Básica.
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