Fecha de Publicación: 24/02/2015
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 34

   (Definición).- El Estatuto Policial es el conjunto de normas que regulan los derechos, deberes y garantías que la Constitución de la República, las leyes, decretos y demás disposiciones vigentes, establecen para el personal policial.
   El Estado Policial es la situación jurídica creada por el conjunto de las normas mencionadas en el inciso anterior.
Ayuda