Fecha de Publicación: 24/02/2015
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 32

   (Dirección Nacional de Migración).- La Dirección Nacional de Migración es una unidad ejecutora, con jurisdicción nacional, cuyos cometidos son el registro y control de las personas que ingresan al territorio nacional, permanecen y egresan de este, el asesoramiento en lo referente a la materia migratoria, así como tramitar las residencias temporarias y definitivas otorgadas a los extranjeros, en este último caso, por el titular del Ministerio del Interior.
   Dicha Dirección estará a cargo de un Director, el cual será designado por el Poder Ejecutivo, como cargo de particular confianza.
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