Fecha de Publicación: 24/02/2015
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 28

   (Dirección General de Represión al Tráfico Ilícito de Drogas).-La Dirección General de Represión al Tráfico Ilícito de Drogas, es una unidad policial, dependiente de la unidad 001 del Inciso 04. Tiene como principales cometidos la prevención, control y represión del tráfico ilícito de drogas y de aquellas acciones que contravengan las normas sobre producción, distribución y empleo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.
   Dicha Dirección estará a cargo de un Director que posea, como mínimo, grado de Comisario Mayor del subescalafón ejecutivo en situación de actividad.
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