(Firma de la instancia). La instancia que se formule por escrito será firmada por su autor, en presencia de la autoridad respectiva. Si no sabe o no puede firmar, el escrito se refrendará con la impresión dígito pulgar derecha del interesado o, en su defecto, la dígito pulgar izquierda. A continuación se dejará constancia de que la persona conoce el texto del escrito y que ha estampado la impresión digital en su presencia y de conformidad.