PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
(Titularidad de la acción penal). La titularidad de la acción penal en materia de faltas corresponde a los Fiscales Letrados Adjuntos y a los Fiscales Letrados Departamentales.
TÍTULO IV
DE LOS PROCESOS INCIDENTALES
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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