Fecha de Publicación: 24/12/2014
Página: 7
Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Artículo 6

   El régimen previsto no será de aplicación en las siguientes situaciones:
   A)   Cuando se registre en los seis meses anteriores incumplimiento
        por parte de la Organización Habilitada respecto de ofertas
        presentadas.
   B)   Cuando los productos ofrecidos por la Organización Habilitada no
        cuenten con las habilitaciones sanitarias y bromatológicas que
        legal y reglamentariamente correspondan.
   C)   Cuando los precios experimenten un aumento excepcional conforme
        los parámetros definidos en la reglamentación.
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